El texto del Convenio sobre la Patente Europea (CPE) fue revisitado durante la Conferencia diplomática de Munich (20/29 de noviembre de 2000). En total, diecisiete Estados contratantes firmaron el acta de revisión al vencimiento de la fecha límite de firma, es decir el 1 de septiembre de 2001. Los Estados contratantes que aún no han firmado y los Estados nuevamente partidos al Convenio pueden adherir al acta de revisión hacia su entrada en vigor.
El CPE 2000 (modificaciones del Convenio y nuevo texto) entrará en vigor o sea dos años después de su ratificación por quince Estados contratantes, o sea - si esta fecha es anterior - el primer día del tercer mes siguiente su ratificación por el Estado contratante que procede el último de todos a esta formalidad.
Entre las modificaciones aportadas, se puede subrayar aquellas que se refieren a los puntos siguientes :
1) Definición de una invención
El Artículo 52(1) fue modificado para precisar que una patente europea se puede conceder para una invención "en todos los ámbitos tecnológicos", por alineamiento con el Artículo 27(1) primera fase del Acuerdo ADPIC (TRIP's).
Los ejemplos de no-invenciones tales como los descubrimientos, las teorías científicas, las creaciones estéticas, los programas de ordenadores fueron conservados.
2) El caso de los softwares
Había sido previsto, en el proyecto de revisión del CPE, ya no excluir explicitamente los softwares de la patentabilidad. Sin embargo, esta modificación no fue aportada. Fue preguntado al Consejo de administración de preparar una nueva conferencia diplomática con el fin de tenen en cuenta particularmente consultaciones abiertas hasta finales de diciembre de 2000.
3) Desplazamiento del contenido del Artículo 52(4) : no-patentabilidad de los métodos quirúrgicales
El Artículo 52(4) prohibiendo la patentabilidad de los métodos de tratamiento quirúrgicales o terapeúticos del cuerpo humano o animal y los métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal fue desplazado. Esta interdicción se encuentra ahora en el Artículo 53(c).
4) Atentado al órden público y a las buenas costumbres
El Artículo 53 (Excepciones a la patentabilidad) excluía las "invenciones cuya publicación o aplicación sería contraria al órden público o a las buenas costumbres".
Esta exclusión fue modificada con el fin de alinearse con el Artículo 27-2 del Acuerdo ADPIC (TRIP's) y con el Artículo 6-1 de la Directiva 98/44/CEE relativa a las invenciones biotecnológicas.
Son excluidas solamente las invenciones cuya "aplicación" causaría perjuicio (y ya no "la publicación").
El Presidente de la OEP afirmó que esta modificación no cambiará nada a la práctica actual de la OEP.
5) Novedad
El antiguo Artículo 54(4) fue suprimido.
Actualment, una solicitud de patente europea B puede ser anteriorisada al título de la novedad por une solicitud de patente europea A cuya fecha de presentación es anterior a la de B, pero que aún no había sido publicada,únicamente en los paises que designa y que son simultáneamente designados en la solicitud A .
Cuando el nuevo texto del CPE entrará en vigor, la solicitud de patente europea B será anteriorisado en todos los Estados que designa independientemente de los paises de A .
6) Designación de los Estados
La supresión del Artículo 54(4) se desprende de la modificación del Artículo 79 (que está de acuerdo con la modificación del formulario de presentación). De hecho, desde esta modificación, una solicitud de patente europea designa en rebeldía todos los Estados contratantes. Luego el solicitante puede retirar unas designaciones.
7) Segunda aplicación terapeútica
El antiguo Artículo 54(5) fue modificado y se convierte en el nuevo Artículo 54(4) y (5).
Las sustancias o composiciones incluidas en el estado de la técnica para la elaboración de un método de tratamiento quirúrgico o terapeútico son reputadas nuevas si su utilización no está incluida en el estado de la técnica.
Esta nueva redacción permitirá proteger cualquier aplicación terapeútica nueva de una sustancia o composición conocida sin reivindicar la "utilización de una sustancia o de una composición con objeto de obtener un medicamento destinado a una aplicación terapeútica nueva determinada".
8) Competencia de la Gran Sala de Recurso
Artículo 22 : Extensión de la competencia de la Gran Sala de Recurso que ahora puede "estatuar sobre las peticiones en revisión de las decisiones de las salas de recurso" según el nuevo Artículo 112 bis.
9) Acuerdos entre los Estados contratantes
El Artículo 149 bis fue añadido. Resulta de la Conferencia Intergubernamental de París de 1999, cuyo objetivo era reducir el coste de las patentes europeas.
Resultó un proyecto de acuerdo sobre la aplicación del Artículo 65 (traducción del fascículo de la patente europea) y un protócolo facultativo sobre el pago de los litigios.
Con el fin de poder integrar ulteriormente tales acuerdos entre los Estados partes al CPE, el nuevo Artículo 149 bis prevé una base jurídica, como un tribunal de las patentes europeas y una entidad común dando una opinión sobre preguntas relativas al derecho europeo o al derecho nacional armonizado.
10) Derecho de prioridad
La posibilidad de reivindicar la prioridad de una solicitud de patente ya no será limitada a los Estadas partes al Convenio de Unión de París o que firmaron un acuerdo bilateral con la Oficina Europea de las Patentes. De hecho, según el nuevo Artículo 87, este derecho se otorgará también a los paises miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
En Junio de 2002, los paises miembros de la OMC pero no partes al Convenio de Unión de París son : Angola, Brunéi Darussalam, República Dominicana, Fiyi, Kuwait, Myanmar, Maldivas, Namibia, Pakistán, Islas Salomón y Tailandia.
11) Petición en limitación o en revocación
Los Artículos 105 bis, 105 ter et 105 quater fueron añadido. Prevén un procedimiento de limitación o de revocación por el titular de la patente europea concedida; por lo tanto esta limitación o revocación estará vigente en todos los Estados designados a la fecha de publicación de la mención de la decisión en el Boletín europea de las patentes.
12) El texto completo
Todos los documentos de la conferencia diplomática son accessibles en el sitio de la OEP
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